PX sin retrovisores

La normativa española define la obligatoriedad del equipamiento de retrovisores en el número, dependiendo de la velocidad máxima que pueda alcanzar la motocicleta.
deberan llevar retrovisor izquierdo y derecho cuando la moto puede circular a una velocidad superior a 100 kilómetros a la hora.
Para motos que solo pueden desarrollar velocidades inferiores a los 100 kilómetros hora, solo es obligatorio el retrovisor izquierdo, quedando el derecho como opcional.